El pasado 11 de noviembre de 2024, el Tribunal Supremo dictó una sentencia clave: la vivienda habitual ya no es un bien improductivo a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Esto significa que, aunque no genere ingresos, tu vivienda habitual ahora puede considerarse un bien productivo. ¿Qué implica esto para los propietarios? Menos impuestos en algunos casos. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber.

¿Qué son los bienes improductivos?

Primero, aclaremos qué se considera un bien improductivo. Son aquellos bienes que, por su naturaleza, no generan ingresos. Por ejemplo, obras de arte, joyas o terrenos sin edificar. Hasta ahora, había dudas sobre si las viviendas habituales debían incluirse en esta categoría, ya que no generan rentas al no estar alquiladas.

La vivienda habitual ya no es un bien improductivo

El Tribunal Supremo ha aclarado que las viviendas habituales no se pueden clasificar como bienes improductivos. Aunque no produzcan ingresos, como sucede con el alquiler, su naturaleza es completamente distinta a la de objetos como antigüedades o colecciones de arte. Por tanto, no deben someterse a las mismas reglas fiscales.

 

¿Cómo afecta a tus impuestos?

Este cambio impacta directamente en el artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Según este artículo, la suma de la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio y la del IRPF no puede superar el 60% de tus ingresos. Si lo hace, puedes solicitar una reducción de hasta el 80% en el Impuesto sobre el Patrimonio.

Con esta nueva interpretación, tu vivienda habitual se incluye en el cálculo del límite, lo que puede ayudarte a pagar menos impuestos de forma significativa.

Para entenderlo mejor, imagina que tienes un patrimonio elevado que incluye tu vivienda habitual y que la suma de tus impuestos supera ese límite del 60% de tus ingresos. Ahora, gracias a esta sentencia, puedes incluir tu vivienda en el cálculo y reducir lo que pagas en el Impuesto sobre el Patrimonio. Este cambio, aunque técnico, puede tener un impacto muy favorable en tu tributación.

¿Por qué había debate?

Aunque la Dirección General de Tributos ya había aclarado que las viviendas habituales no eran bienes improductivos, algunos tribunales, como el Superior de Justicia de Cataluña, habían decidido lo contrario en casos recientes. Esto generó incertidumbre y disparidad de criterios.

El Tribunal Supremo ha resuelto esta controversia al determinar que las viviendas habituales no se pueden comparar con bienes como joyas o cuadros. Aunque no generen ingresos, su naturaleza distinta debe reflejarse en los cálculos fiscales.

Implicaciones en otros impuestos

Esta sentencia no solo afecta al Impuesto sobre el Patrimonio. También influye en el nuevo Impuesto de Solidaridad para Grandes Fortunas, que sigue las mismas reglas. Si tienes un patrimonio considerable, esta interpretación podría beneficiarte en ambos impuestos.

¿Qué significa esto para ti?

Si posees una vivienda habitual que no está exenta del Impuesto sobre el Patrimonio, esta decisión puede representar una oportunidad para reducir tu carga fiscal, especialmente si estás cerca del límite del 60% de tus ingresos.

En Inmocarrillo, nos especializamos en acompañar a nuestros clientes en la compra o venta de propiedades, ayudándolos también a comprender cómo estos cambios fiscales pueden afectar sus decisiones inmobiliarias. Si estás pensando en vender o comprar una propiedad, estamos aquí para resolver tus dudas y gestionar el proceso con total tranquilidad y eficacia.

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